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miércoles, 16 de enero de 2013

ENDESA : OFERTA ELÉCTRICA PARA EL 1er TRIMESTRE 2013. TARIFA 3.0A


Fuente : Oferta oficial comercializadora y datos propios.

ENDESA ha modificado precios en sus distintas tarifas (según potencia contratada) y sus descuentos promocionales.

En este artículo, analizamos la oferta eléctrica 3.0A.

¿Cuál es la situación actual de la oferta ENDESA para la tarifa 3.0A frente al anterior trimestre?

Los importes ENDESA para la tarifa 3.0A y OFERTA TARIFA AHORA vigentes son :

-          Término de Potencia = 2,669959 €/kWh y mes
-          Término de Energía Punta = 0,215052 €/kWh
-          Término de Energía Llano = 0,163079 €/kWh
-          Término de Energía Valle = 0,099058 €/kWh

Para el Término de Energía (consumo), ENDESA ofrece un descuento del 19% durante los doce primeros meses de contrato, quedando de la siguiente manera :

-          Término de Energía Punta + 19% dto = 0,174192 €/kWh
-          Término de Energía Llano + 19% dto = 0,132094 €/kWh
-          Término de Energía Valle + 19% dto = 0,080237 €/kWh

Para este principio de año, ENDESA mantiene el descuento del 19% en el Término de Energía (consumo), pero ese descuento NO ES POR DOCE MESES. Sólo se practica desde la fecha de activación del contrato hasta el 31/12/2013.

Teniendo en cuenta lo antes plasmado, es importantísimo destacar que el descuento que ofrece ENDESA, contratando hoy, su activación no sería efectiva hasta dos meses después (conforme se desprende de los casos reales), por lo que el descuento se NO aplicaría en doce meses de este año 2013. Los tres meses finales de contrato tendrían un precio de Término de Energía (consumo) sin el 19%.

El resultado es que no hay ahorro real para el cliente con esta campaña ampliada ENDESA hasta el 31/12/2013.

Desgranando la oferta ENDESA para la tarifa 3.0A en la OFERTA TARIFA AHORA 19%  y comparándola con su más directa competencia (Gas Natural Fenosa, E.on España, Orus Energía, HC Energía, Factor Energía e Iberdrola), podemos decir que NO ES LA MÁS INTERESANTE.

Si está interesado en recibir más información y quiere que le ayudemos a tomar la mejor decisión, analizando pormenorizadamente su caso, no dude en contactar con nosotros.

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3 comentarios:

  1. Hola, tengo una duda.

    Endesa para cortar la luz tardan menos de un mes si no pagas las facturas.
    En cambio si quieres bajar potencia tardaran mas de DOS meses en modificarlo.
    ¿algo no cuadra no?

    Saludos

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    Respuestas
    1. Esta gente son unos chupocteros te pondran cualquier tipo de pega para no bajar la potencia ASI SE ASEGURAN DE COBRARTE UNOS MESES MAS,DE TODAS FORMAS HAY UN REAL DECRETO R.D 1164/2001 QUE DICE que si no se gasta mas del 85% de la contratada ,la potencia a facturar sera del 85%.YO personalmente les reclame una correcpion de todas mis facturas y siempre contestan que no han encontrado anormalidades,para que te calles la boca,mejor se lo digan al juez,pues la siguiente es denunciar un abuso que no deberia de ocurrir.Lo mas sensato seria al igual que se acuerdan cobrar reactiva y potencia excedida y otros recargos conforme a la ley ,tambien se acuerden de sus obligaciones que seria NO COBRAR LO QUE NO SE PUEDE COBRAR,PERO ESO SOLO PASA EN ESPAÑA ,ABUSOS,ABUSOS,ABUSOS,.....Y AHORA YO DENUNCIARE Y ME CALLARAN LA BOCA ME DEVOLVEREAN Y a seguir robando........asi nos va...pero que asi no se arreglan las cosas....

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  2. Gracias por su comunicación.

    Suponemos que el distribuidor en su zona es Endesa.

    Según la legislación vigente (Ley del Sector Eléctrico) y para usuarios de la T.U.R. se indica lo siguiente :


    “Obligaciones de la empresa suministradora :

    1. No se puede interrumpir el suministro eléctrico hasta que no han pasado dos meses desde que la compañía envía al usuario una carta certificada o un fax.
    NOTA “Ahorre…” : Existen empresas que informan a los usuarios del impago por llamada telefónica, aunque envían documento por escrito.
    2. La compañía eléctrica no puede cortar la luz al usuario en días festivos, ni vísperas de festivos y tampoco en los días en que no está disponible el servicio de atención al cliente (tanto en el área comercial, como en el departamento técnico) de la empresa.

    3. Si se abonan las facturas que se adeudan, la empresa eléctrica debe restablecer el suministro de luz en un plazo máximo de 24 horas (salvo que se haya retirado el contador o el contrato haya sido rescindido, en cuyo caso el proceso se puede prolongar hasta cinco días).

    De todo lo anterior cabe entender que la ausencia de una referencia legal explícita a la posibilidad de suspensión de suministro por causas de impago en contratos libremente pactados no puede interpretarse como una negación de la misma: la ley permite que el suministro de dichos contratos pueda suspenderse por toda causa que esté contemplada en ellos, con determinadas excepciones, que están claramente especificadas en la norma y que no incluyen el impago. Esto es, la suspensión por impago a petición del comercializador, con o sin baja del contrato de suministro y/o de acceso, siempre será posible en la medida en que esta circunstancia esté prevista en el contrato libremente negociado entre el comercializador y el consumidor.

    Se observa que una interpretación diferente de este precepto general, que no permitiera la suspensión del suministro por causas de impago, sin llevar aparejada la baja del contrato, entraría en conflicto con el derecho de comercializadores y consumidores de pactar libremente las cláusulas de los contratos de suministro. Asimismo, se daría la paradoja de que el corte de suministro por impago no pudiera aplicarse a consumidores en el mercado libre cuando es aplicable a consumidores acogidos a la TUR, de acuerdo con el artículo 50.3 de la Ley 54/1997.”

    En cuanto a la gestión en los aumentos o bajadas de potencia, los distribuidores eléctricos no tienen el por qué tardar. Realizando la operación conforme se le solicite al usuario y teniendo en cuenta la normativa general y la de las comunidades autónomas, las variaciones de potencia tendrían que entrar en vigor en el siguiente período de facturación del usuario.

    Por desgracia, las distribuidoras y comercializadoras suelen ralentizar los procesos, pues así cobran un mes más. Eso multiplicado por miles, cientos de miles, o … de contratos en tramitación, suponen ingresos que se dejan de tener.

    Un cordial saludo.

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