Fuente : B.O.E.
– 15/02/2013
En su resolución de 6 de febrero de
2013 se indica :
– Extinguir a GAS NATURAL
ELECTRICIDAD SDG, S.A., la habilitación para el ejercicio de la actividad de
comercialización.
– Comunicar la presente resolución a
la Comisión Nacional de Energía para que proceda a dar de baja a la empresa en
el listado de comercializadoras, así como a Red Eléctrica de España, S.A., y al
Operador del Mercado Ibérico, Polo Español, S.A.
La presente resolución adquirirá
eficacia al día siguiente en que se haga efectivo el traspaso de los clientes
de GAS NATURAL ELECTRICIDAD SDG, S.A., a los comercializadores de último
recurso que corresponda, según lo dispuesto en la orden por la que se determina
el traspaso de los clientes de GAS NATURAL
ELECTRICIDAD SDG, S.A., a un comercializador de último recurso, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 44.5 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del
sector eléctrico, y en el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se
regula la puesta en marcha del suministro de último
recurso en el sector de la energía eléctrica.
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