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Noticias IBERDROLA

SEPTIEMBRE 2013


HAY QUE LEERSE LAS CONDICIONES ANEXAS A LOS CONTRATOS DE GAS NATURAL CON IBERDROLA DESDE MEDIADOS DE AÑO. SE PENALIZA LA CANCELACIÓN ANTICIPADA Y UNILATERAL DE LOS CONTRATOS


IBERDROLA, desde mediados del presente año, informó a su red comercial que “se iba al penalizar a los clientes de gas que se den de baja de forma anticipada antes de la finalización del contrato.”

La penalización está definida en función de la tarifa y es igual durante el primer año, independientemente del momento de la baja, pasando a ser la mitad a partir del segundo año.

En el primer año tras la contratación, la penalización se aplica siempre. En el segundo año y siguientes, solo se ejecuta si el cliente no nos avisa con 15 días de antelación antes de la baja efectiva del contrato.

La penalización se aplica a todas las ofertas y clientes de gas, para contrataciones firmadas a partir del 7 de mayo de 2012 (no aplica a contrataciones ni renovaciones de clientes que hayan contratado con anterioridad)

En caso de terminación por desistimiento unilateral de cualquiera de las partes durante el primer año de vigencia del contrato, la parte que desista deberá abonar a la otra una penalización por importe de 40 € (en el caso de tarifa 3.1) 60 € (en el caso de tarifa 3.2) 200 € (en el caso de tarifa 3.3) y 1.000 € (en el caso de tarifa 3.4).

Si el desistimiento se produce durante las prórrogas (después del primer año) no se aplicará penalización alguna, salvo que la parte que desista no notifique a la otra su voluntad con, al menos, 15 días de antelación, a la baja efectiva del contrato de suministro, en cuyo caso se aplicará una penalización de 20 € (en el caso de tarifa 3.1) 30 € (en el caso de la tarifa 3.2) 100 € (en el caso de la tarifa 3.3) y 500 € (en el caso de la tarifa 3.4).

De manera general, las empresas que trabajamos en el mercado energético, tenemos la obligación ética de informar lealmente a los clientes de todos aquellos aspectos que les pueda perjudicar en un futuro.

Desde “Ahorre En Su Factura Eléctrica” intentamos ser todo lo transparentes que nos deja nuestro conocimiento de nuestro medio.

Si les atienen otros comerciales, hagan preguntas y exija que les expliquen las cosas y si para ello tienen que pedir copias de contratos para leer con tranquilidad, HAGANLO.

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y en twitter : @AhorreFactElect

14 comentarios:

  1. Soys unos mentirosos y ladrones ! Porque el comercial que me hizo el contrato de luz IBERDROLA me afirmo que no habia permanencia ??? Ahora que me voy antes de cumplir el año, me quieren cobrar una penalizacion importante ! IBERDROLA son unos ladrones y mentirosos, N O F I R M E N C O N E L L O S ...

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  2. Es muy fácil escribir desde el anonimato. Esa circunstancia puede que dé cobijo a los que quieren descalificar gratuitamente.

    Hemos decidido no eliminar el comentario para poder rebatirlo.

    Desde "Ahorre En Su Factura Eléctrica", no creemos que seamos mentirosos pues, precisamente, hace medio año incluimos esta artículo para dar conocimiento al público en general de lo que se mostraba y muestra en los anexos de los contratos IBERDROLA, que todo cliente TENDRÍA QUE LEER y no suele hacer.

    Nosotros, a todos nuestros clientes, si deciden contratar con IBERDROLA, les hacemos saber que la eléctrica pueden penalizarles ante la cancelación anticipada de la contratación, en las cantidades que figuran en el anexo del contrato que se firma y que quedan muy claras en nuestro artículo.

    Si vd dió con un comercial que no le explicó las cosas como se debe, no es problema de "Ahorre En Su Factura Eléctrica". Por lo que sobra el comentario descalificatorio de "mentirosos y ladrones".

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    Respuestas
    1. Soys unos mentirosos y ladrones ! Porque el comercial que me hizo el contrato de luz IBERDROLA me afirmo que no habia permanencia ??? Ahora que me voy antes de cumplir el año, me quieren cobrar una penalizacion importante ! IBERDROLA son unos ladrones y mentirosos, N O F I R M E N C O N E L L O S ...

      A MÍ TAMBIÉN ME HA PASADO LO MISMO... ABUSADORES, MI CONTRATO FIRMADO NO INDICA NADA DE PENALIZACIÓN.

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    2. Me ha pasado lo mismo después de estar mas de un año con ellos, me cambio de cia y me quieren cobrar 55e por no avisar con 15 días de antelación. Política equivocada, no vais a recuperar a ningún cliente en el futuro. IBERDROLA no facilita el contrato hasta después de aceptarlo por teléfono. La aplicación de esta clausula es abusiva, un juez siempre fallara en contra de IBERDROLA.

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    3. Hola,
      a mi me quieren cobrar 72 euros por darme de baja anticipada sin aviso de 15 días. El contrato lo tengo desde 2011. En mi contrato se indica que me pueden cobrar 30, pero no 72. Según me dijeron por teléfono a mediados de junio había cambiado la ley y que dependía de la tarifa. Tendré que buscarlo en el BOE o si alguien sabe algo, ¿me podéis informar?

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    4. Es fácil descalificar?? Lo que es fácil es poner las cláusulas que no interesa que el cliente conozca con una letrita que necesitas lupa para leer.
      La comercial que vino a mi casa me contó los bonitos descuentos...pero nada más. Ni que hay permanencia (sin motivo, como si me hubieran regalado un móvil....será posible??)
      Y cuando rescindo un contrato antes de 12 meses....zas en toda la boca! Te comes una penalización de 49 euros. Si no te gusta, pues te vas al juzgado. La oficina del consumidor es inútil......

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  3. En diciembre firmé un contrato en una oficina gestora de iberdrola, y en ningún momento se me informó de ninguna penalización por irme antes de cierto periodo. Se firmó un contrato, con las condiciones "explicadas" por la chica de la oficina, a trabes de una pantalla digitalizadora, por lo cual se omitió cualquier información sobre estas cláusulas, totalmente abusivas, y ahora pretendéis cobrar por un servicio no prestado.
    Eso, es una estafa, porque sin informarme, me van a cobrar un dinero que es mío, por unos servicios que no me van a prestar, y en una situación que todos los comerciales, de información telefónica indicáis como "libre elección de operador".
    La cuestión es siempre cobrar, cobrar y cobrar, y el que paga, el pringado de siempre.

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  4. Buenas tardes Ivan
    Soy Antonio de una comercializadora de nueva creacion.

    Desde nuestra experiencia, creo que Endesa no tiene penalizacion, pero si que hay que tener cuidado en el sistema de revision y actualizacion de la tarifa que te ofrecen. Estan ofreciendo tarifa baja pero vinculada a un precio base de CESUR y se revisa trimestralmente. Es decir puedes tener 4 subidas al año sobre la tarifa inicial. Nosotros mantenemos el precio marcado en contrato el primer año, pero si tenemos penalizacion el primer año.Unicamente nos movemos en el termino energia, el resto segun lo minimo d el anormativa vigente. Si estas interesado stagioni@stagioni.es. Antonio

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  5. Estimado Sr. Fenollar :

    En todos los contratos de suministro de electricidad en tarifa 3.1A, las comercializadoras incluyen cláusula de penalización por cancelación anticipada del contrato suscrito.

    Otra cosa es que, por la circunstancia que sea, una comercializadora eléctrica decida no practicar penalización alguna a un cliente en esa tarifa; aunque, sinceramente, eso no ocurre.

    Aunque en el caso que expone el Sr. Fenollar, se hace saber que están 7 años con IBERDROLA, no quiere decir que la eléctrica no pueda penalizarles.

    Las contrataciones en media/alta tensión están para cumplirse por los doce meses de duración y si se renuevan tácitamente, las condiciones firmadas en el contrato inicial se extienden a las renovaciones.

    ¿Qué es lo que debería hacer, Sr. Fenollar, para que IBERDROLA no les penalice?

    Háganos llegar su correo electrónico y en privado le contestaremos. Tiene nuestro correo.

    Por cierto, para el Sr. que representa a stagioni@stagioni.es, le queremos hacer saber que este medio no está hecho para promocionar empresas.

    Nuestro blog lo creamos para promocionar los productos energéticos que trabajamos y dar a conocer temas interesantes del mercado energético español, no como medio de promoción de otras empresas.

    Gracias un cordial saludo.

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  6. Hola, ayer realicé mi contrato de alta de electricidad con Iberdrola. Pregunté varias veces si había contrato de permanencia y en todo momento me dijeron que no, que había salido una ley que prohibía cualquier tipo de permanencia. Cuál fue mi sorpresa cuando recibo el contrato y tiene una cláusula de permanencia de un año. Esta mañana he mandado un mail para rescindir mi contrato, ya que tengo derecho durante 7 días a la contratación. He llamado para confirmar mi cancelación de tramitación y la nueva señorita que me ha atendido me asegura que, desde hace unos meses, hay permanencia y que no hay ningún tipo de contrato sin esa cláusula.

    Ahora no sé qué hacer, porque ni me lo han anulado, ni puedo llamar para que me lo den de alta otra vez, ni siquiera estoy segura de si hay o no permanencia porque ellos mismos se contradicen...

    ¿Me podéis echar una mano?

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  7. Son unos mentirosos y ladrones, cobran por todo, las tarifas mas altas de gas, y cuando quieres cambiarte zas!!!! 30€ por que me da la gana. LADRONES!!!

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  8. Buenas tardes. ¿El importe de las penalizaciones es ahora el mismo que cuando se publicó esto? Y otra pregunta ¿la penalización por desistir de un contrato de luz cuál es?

    Gracias.

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  9. Por el artículo 44/2006 del BOE no se puede aplicar ningún tipo de permanencia ni penalización para contratos de consumo que se paguen de forma periódica (como es el caso que se paga de forma mensual o bimensual). Se debe permitir al cliente dar de baja o cambiar el contrato de la misma forma que se le permitió dar el alta.
    Basta con denunciar la penalización en Industria o meterla por ventanilla de registro del ayuntamiento correspondiente con destino a Industria y en varios meses (entre 2 y 6 aproximadamente, hay que tener paciencia porque están realmente saturados de reclamaciones) se recibe la respuesta dándonos la razón. No hace falta notificar dicha resolución a la compañía penalizadora ya que se encarga el Estado.
    Si necesitáis más información podéis contactar conmigo en pridenergy2012@gmail.com
    Un saludo.

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  10. Suponiendo que aplican dicha penalización, entiendo que hay que pagarla sin devolver el recibo para que sirva a modo de prueba para luego poner la denuncia y cuando nos den la razón, es cuando lo devuelven.
    Muchas gracias por la información.

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